BOC 26.06.17. Orden ECD/84/2017, de 15 de junio, que regula la provisión de empleo docente interino.
BOC 26.06.17. Orden ECD/84/2017, de 15 de junio, que regula la provisión de empleo docente interino.
BOC 14.04.21 resolución de 7 de abril de 2021. Especialidades complementarias para puestos docentes en régimen de interinidad
Resolución de 23 de julio de 2019 por la que se establece el procedimiento para realizar los llamamientos para cubrir vacantes sobrevenidas y sustituciones de personal docente, durante el curso escolar, mediante nombramientos del personal interino
Resolución de 18 de septiembre de 2019 que modifica la Resolución de 23 de julio de 2019 por la que se establece el procedimiento para realizar los llamamientos para cubrir vacantes sobrevenidas y sustituciones de personal docente durante el curso escolar para aquellas personas se encuentren disfrutando de algún permiso relacionado con el nacimiento de hijos o en situación de incapacidad temporal
Orden ECD/118/2018, de 26 de noviembre, que modifica la Orden ECD/16/2018, de 1 de marzo, que establece las titulaciones específicas para el acceso a las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad.
Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales
Resolución de 22 de diciembre de 2017, por la que se somete a información pública el proyecto de Orden que establece las titulaciones específicas para el acceso a las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad.
Decreto de especialidades del cuerpo de maestros
Resolución de la Dirección General de Personal y Centros Docentes sobre reconocimiento de sexenios a funcionarios interinos.
Orden ECD/94/2012, de 9 de agosto, que regula el procedimiento a seguir en aquellos casos en los que se ponga de manifiesto una notable incapacidad pedagógica de un docente nombrado para desempeñar en régimen de interinidad un puesto de trabajo, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación.
Modificación (Orden ECD/132/2016, de 14 de diciembre 2016)
Para optar a las plazas perfiladas en Inglés es necesario el B2 y la mención y para el Bilingüe el B2.
Resolución de 24 de abril de 2018, que establece las condiciones y el procedimiento para acreditar el cumplimiento de los requisitos para ocupar puestos de perfil múltiple por parte de los integrantes de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en plazas pertenecientes al cuerpo de Maestros en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Resolución de 10 de agosto de 2018 por la que se procede publicar los listados de interinos del Cuerpo de Maestros a quienes se les ha acreditado en los perfiles que se indican, de acuerdo con sus peticiones realizadas desde el 27 de junio hasta el 7 de agosto y a los que no ha sido posible por las causas que se especifican, en base a las Resoluciones de 30 de noviembre de 2017 y de 24 de Abril de 2018, por la que se establecen las condiciones y procedimientos para las acreditaciones correspondientes.
Ante las dificultades de cobertura de alguna de las plazas de perfil doble o múltiple que se han ofrecido últimamente, Consejería propone:
1 – Si continúan los problemas en las plazas con Lengua de Signos, se abrirá un registro de maestros con los títulos que certifiquen sus conocimientos de la misma, presentando las titulaciones que se indiquen en la convocatoria de un acto presencial que se celebraría próximamente.
2 – Se abrirá la posibilidad de poder optar a plazas del Cuerpo de Maestros con horas de lenguas extranjeras a las personas DIPLOMADAS que certifiquen sus conocimientos con los títulos (B2 o superior) recogidos en la Resolución de 23 de febrero de 2015. Es decir los que tengan grado y mención siguen necesitando un B2 y los que tienen diplomatura, que necesitaban título de EOI, ahora pueden presentar otros títulos del Marco Común Europeo.
Insistimos en la creación de un registro de titulaciones que permita restringir las adjudicaciones de este tipo de plazas a quienes tengan las titulaciones correspondientes y reducir la burocracia asociada a procesos selectivos, apertura de bolsas o, si se incluye a los funcionarios de carrera y en prácticas, los concursos de traslados.
También insistimos al profesorado aspirante que siga atentamente las instrucciones de la plataforma PUNTAL a la hora de pedir plaza, ya que, aunque la obtención de una vacante o sustitución para la que no está acreditad@ el o la docente no penaliza su posición en listas, se corre el riesgo de alargar la desatención del alumnado durante días o semanas.
Hasta ahora se mantenían las condiciones de acceso a listas de interinos de la ECD 80 2013
1. Grado de Primaria + Mención en el idioma + B2 del idioma correspondiente
2. Diplomados en magisterio con especialidad del idioma correspondiente.
3. Cualquier diplomado en magisterio con una licenciatura en la filología correspondiente, traducción o un titulo B2 SOLAMENTE de la EOI.
Ahora se amplía el tercer caso: Cualquier diplomado en magisterio con un B2 de los reconocidos para el bilingüe. Para poder optar a los puestos bilingües, no obstante, hay que registrar el título con la instancia que se puede descargar en educantabria.
Un GRADUADO en PRIMARIA sin mención en idioma pero con un B2 no podría acceder.
Un GRADUADO en PRIMARIA con mención en idioma pero sin un B2 no podría acceder.
Un GRADUADO en PRIMARIA con mención en idioma y con un B2 sí podría acceder.
Un DIPLOMADO en MAGISTERIO con un B2 de los reconocidos podría acceder ahora, ya que se amplía y no solo es EOI.
Corrección de errores a la Resolución de 30 de noviembre de 2017, que establece las condiciones y regula el procedimiento para la acreditación del perfil de Lengua de Signos, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 235, de 11 de diciembre.
El Servicio de Recursos Humanos de la Consejería de Educación ha procedido a reconocer a los funcionarios interinos que lleven más de cinco años seguidos ocupando una vacante en Cantabria, y que así lo soliciten, la excedencia por cuidado de hijo menor. La duración máxima de esta situación, así como la reserva del puesto, queda limitada a la fecha de finalización del correspondiente nombramiento. En el caso de que se otorguen sucesivos nombramientos interinos para los cursos siguientes, la duración podrá extenderse hasta el tope legalmente previsto (Art. 89.4 EBEP). Este derecho no se extiende a otros tipos de excedencia.
Orden ECD/1058/2013, de 7 de junio, por la que se modifica la Orden EDU/2645/2011, de 23 de septiembre, por la que se establece la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de máster.
Curso de capacitación pedagógica para F.P.
Puedes acceder a más información a través de la web de la Universidad de Cantabria. Pincha aquí.
También puedes ver dónde obtener certificado B1 en inglés. Pincha aquí.
Descubre los servicios que te ofrecemos.
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C/ Mártires, 3, 3º dcha.
39300 TORRELAVEGA
C/ Jesús de Monasterio, 25, 2º dcha.
39008 SANTANDER