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Preguntas frecuentes sobre la regulación de las listas del personal interino

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Presentación sobre la regulación de las listas del personal interino

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Baremo para la formación de las listas del personal interino

ANEXO I
BAREMO PARA LA ELABORACIÓN DE LISTAS DE ASPIRANTES A DESEMPEÑAR PUESTOS DOCENTES EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD

(Los aspirantes no podrán alcanzar más de 42 puntos por la valoración de sus méritos)


I. EXPERIENCIA PREVIA. (Máximo 10 años y 10 puntos)

1.1 Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos 1 punto.
          * Por cada mes completo se sumarán 0,0833 puntos.
1.2 Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al que opta el aspirante, en centros públicos 0,5 puntos.
        * Por cada mes completo se sumarán 0,0416 puntos.
1.3 Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros 0,5 puntos.
        * Por cada mes completo de año se sumarán 0,0416 puntos.
1.4 Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros 0,250 puntos.
        * Por cada mes completo se sumarán 0,0208 puntos.

1.5 Por cada curso desempeñado como becario/a en programas, proyectos o planes institucionales de la Consejería de Educación o como técnico de educación infantil en aulas de 2 años de centros dependientes de la Consejería de Educación: los mismos méritos que se tengan en cuenta en el proceso selectivo, con la misma puntuación.
Los requisitos para la valoración de estos méritos se especificarán en las convocatorias de los correspondientes procesos selectivos.
> Hasta 0,5 puntos

II. FORMACIÓN ACADÉMICA. (Máximo 8 puntos)

2.1 Por el expediente académico: Esta valoración se realizará, una vez efectuada la nota media de la titulación exigida para el ingreso en el proceso selectivo, minorando en 5 puntos la nota obtenida.
2.2 Postgrado, Doctorado y premios extraordinarios
2.3 Otras titulaciones de carácter oficial
2.4 Por titulaciones de enseñanza de régimen especial y de la Formación Profesional específica.
En los apartados 2.2, 2.3 y 2.4 se tendrán en cuenta los mismos méritos y puntuaciones que en los procesos selectivos, sin los topes del apartado 2.2.
2.5 Por cada Título de Máster Universitario no oficial 0,5 puntos
2.6 Dominio de idiomas extranjeros:

    • 2.6.1 Por cada título o certificado del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas de nivel C1 0,5 puntos
    • 2.6.2 Por cada título o certificado del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas de nivel C2 0,5 puntos

Los criterios y requisitos para la valoración de estos méritos se especificarán en las convocatorias de los correspondientes procesos selectivos.

III. OTROS MÉRITOS (Máximo 2 puntos)

3.1 Formación permanente
Número de horas de formación permanente y perfeccionamiento superadas. Incluirán cursos, grupos de trabajo, seminarios y otros proyectos certificados por las Consejerías de Educación y sus Centros de Profesorado, por cada hora 0,01 puntos

Los criterios y requisitos para la valoración de estos méritos se especificarán en las convocatorias de los correspondientes procesos selectivos.

IV. PUNTUACIÓN DE LAS PRUEBAS. (Máximo 22 puntos)

4.1 Se incluirá de oficio la calificación obtenida en las pruebas selectivas de la especialidad y cuerpo que corresponda convocadas en la Administración educativa de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
A la calificación final constituida por la nota media de la oposición, se le adicionarán dos puntos, a los que superen la prueba de la fase de oposición (1 por cada prueba superada, cuando conste de dos).
4.2 A los aspirantes que se presenten al examen de esta Administración educativa en cualquier especialidad, se les adicionarán automáticamente diez puntos en la especialidad en la que efectivamente se hayan presentado.


OBSERVACIONES:

  • La experiencia docente: se valora experiencia en PROA y como Técnico de Educación infantil.
  • La nota del título alegado aumenta su valoración respecto al baremo de oposiciones.
  • Se valoran los niveles C1 y C2 de idiomas a 0,5 puntos cada uno en el apartado 2.6.Otros méritos.
  • Se mantienen (para interinidades, insistimos), los dos puntos de máximo por cursos de formación: se cuenta un máximo de 200 horas y se incluyen seminarios y grupos de trabajo. Suman todas las horas, cuentan todos los cursos. Los cursos pueden hacerse simultáneamente y sin exigencia de número de horas por semana.
  • Se guardan las dos calificaciones anteriores de la misma especialidad a la que os presentéis efectivamente.

¿Cómo actuar al finalizar una sustitución?

Una sustitución finaliza cuando el titular de la plaza se incorpora. En ese momento , la dirección del centro firma el cese y se encarga de enviarlo al Servicio de Recursos Humanos para poder figurar como disponible.  La orden que regula la petición semanal de vacantes y sustituciones (consulta la guía básica) establece que se podrá participar siempre y cuando se haya sido cesado el día anterior a la publicación de la convocatoria (martes/jueves).

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