Esquema con la regulación de las listas del personal interino
Esquema con la regulación de las listas del personal interino
Nota: Las personas que estén en las listas de sustituciones de todos los cuerpos pueden pedir también las vacantes
Esquema con la elaboración de las listas para interinidades durante el curso 2019-2020
Esquema con la elaboración de las listas para interinidades durante el curso 2020-2021
En la mesa sectorial celebrada ayer se aprobó el nuevo baremo para listas de sustituciones. Para el baremo de la fase de concurso de las oposiciones, tendremos que esperar unos días. Queremos destacar algunas novedades:
– La experiencia docente se valora con un máximo de 10 puntos a los 10 años de experiencia; la orden de interinos vigente lo dejaría en 7 puntos, ya que lo vinculaba al baremo del proceso selectivo. Se valora experiencia en PROA y como Técnico de Educación infantil.
– La nota del título alegado aumenta su valoración respecto al baremo de oposiciones.
– Se valoran los niveles C1 y C2 de idiomas a 0,5 puntos en el apartado 2 de formación académica.
– Se mantienen (para interinidades, insistimos), los dos puntos de máximo por cursos de formación: se cuenta un máximo de 200 horas y se incluyen seminarios y grupos de trabajo. Suman todas las horas, cuentan todos los cursos válidos de 10 y 20 horas.
– Recordamos que se ha asegurado la posibilidad de guardar las dos calificaciones anteriores de la misma especialidad a la que os presentéis efectivamente.
ANEXO I
BAREMO PARA LA ELABORACIÓN DE LISTAS DE ASPIRANTES A DESEMPEÑAR PUESTOS DOCENTES EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD (Los aspirantes no podrán alcanzar más de 42 puntos por la valoración de sus méritos)
El apartado I tendrá una valoración máxima de 10 puntos, el apartado II tendrá una valoración máxima de 8 puntos y el apartado III de 2 puntos.
I. EXPERIENCIA PREVIA. (Máximo 10 años y 10 puntos)
1.1 Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos 1 punto.
* Por cada mes completo se sumarán 0,0833 puntos.
1.2 Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al que opta el aspirante, en centros públicos 0,5 puntos.
* Por cada mes completo se sumarán 0,0416 puntos.
1.3 Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros 0,5 puntos.
* Por cada mes completo de año se sumarán 0,0416 puntos.
1.4 Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros 0,250 puntos.
* Por cada mes completo se sumarán 0,0208 puntos.
> Hasta 10 puntos
1.5 Por cada curso desempeñado como becario/a en programas, proyectos o planes institucionales de la Consejería de Educación o como técnico de educación infantil en aulas de 2 años de centros dependientes de la Consejería de Educación: Los mismos méritos que se tengan en cuenta en el proceso selectivo, con la misma puntuación.
Los requisitos para la valoración de estos méritos se especificarán en las convocatorias de los correspondientes procesos selectivos.
> Hasta 0,5 puntos
II. FORMACIÓN ACADÉMICA. (Máximo 8 puntos)
2.1 Por el expediente académico: Esta valoración se realizará, una vez efectuada la nota media de la titulación exigida para el ingreso en el proceso selectivo, minorando en 5 puntos la nota obtenida.
2.2 , Postgrado, Doctorado y premios extraordinarios
2.3 Otras titulaciones de carácter oficial
2.4 Por titulaciones de enseñanza de régimen especial y de la Formación Profesional específica.
En los apartados 2.2, 2.3 y 2.4 se tendrán en cuenta los mismos méritos y puntuaciones que en los procesos selectivos, sin los topes del apartado 2.2.
2.5 Por cada Título de Máster Universitario no oficial 0,5 puntos
2.6 Dominio de idiomas extranjeros. Los mismos méritos que se tengan en cuenta en el proceso selectivo, con la siguiente puntuación:
2.6.1 Por cada título o certificado del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas de nivel C1 0,5 puntos 2.6.2 Por cada título o certificado del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas de nivel C2 0,5 puntos
Los criterios y requisitos para la valoración de estos méritos se especificarán en las convocatorias de los correspondientes procesos selectivos.
III. OTROS MÉRITOS (Máximo 2 puntos)
3.1 Formación permanente.
Número de horas de formación permanente y perfeccionamiento superadas. Incluirán cursos, grupos de trabajo, seminarios y otros proyectos certificados por las Consejerías de Educación y sus Centros de Profesorado, por cada hora 0,01 puntos
Los criterios y requisitos para la valoración de estos méritos se especificarán en las convocatorias de los correspondientes procesos selectivos.
IV. PUNTUACIÓN DE LAS PRUEBAS. (Máximo 22 puntos)
4.1 Se incluirá de oficio la calificación obtenida en las pruebas selectivas de la especialidad y cuerpo que corresponda convocadas en la Administración educativa de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
A la calificación final constituida por la nota media de la oposición, se le adicionarán dos puntos, a los que superen la prueba de la fase de oposición (1 por cada prueba superada, cuando conste de dos).
4.2 A los aspirantes que se presenten al examen de esta Administración educativa en cualquier especialidad, se les adicionarán automáticamente diez puntos en la especialidad en la que efectivamente se hayan presentado.
Cuando se cubre una sustitución, recibimos el nombramiento y la hoja del cese, y, al finalizarla, la dirección del centro nos firma nuestro cese. ¿Qué hacer con ese cese? Físicamente debe llegar a la Consejería sí o sí, por lo que tenemos que desplazarnos a la Administración y entregarlo.
Sin embargo, podemos enviarlo a la Consejería a través del correo electrónico (lo que no quita, como hemos dicho, que haya que llevarlo después a la Consejería, insistimos). Estos correos aparecen en el manual que explica cómo se realizan las peticiones semanales a través de Puntal. Para el Cuerpo de Maestros es soporteintprimaria@educantabria.es, mientras que para el resto de Cuerpos es soporteintsecundaria@educantabria.es. De esta manera, si finalizamos un viernes, un lunes o incluso un martes, podríamos enviar nuestro cese a través de estos dos correos y así nos incluirían para la petición semanal de sustituciones. No obstante, en el caso de que se envíe el martes, puede que el personal que se encarga de mirar ese correo no lo vea y, entonces, no se nos incluya para la petición de esa semana, sobre todo si se envía a última hora de la mañana del martes.
Aquellas personas que finalizan su sustitución un miércoles o un jueves no pueden participar en la petición de esa misma semana, sino que figurarán como disponibles en la petición de la siguiente semana.
El STEC solicitará a la Consejería que estudie la posibilidad de validar el cese con la firma de la dirección, llegado a través del correo o de otro medio, y de evitar así el desplazamiento del interino/a hasta la propia Consejería. Creemos que con los medios existentes no es necesario hacer desplazarse de una punta de la comunidad hasta la capital para informar de que ha sido cesado y se encuentra disponible
Descubre los servicios que te ofrecemos.
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C/ Jesús de Monasterio, 25, 2º dcha.
39008 SANTANDER
C/ Mártires, 3, 3º dcha.
39300 TORRELAVEGA