Como ya sabréis, la Consejería nos ha pasado a las organizaciones sindicales dos documentos, uno ordinario y otro extraordinario, con criterios diferentes para negociar los cupos, es decir, las plazas habilitadas que surgen por necesidades del centro y que no son plazas jurídicas.
En el ordinario se contemplan los criterios como si no hubiera pandemia y no hubiera que guardar las medidas sanitarias de distancia social y que contempla las ratios actuales. En el extraordinario, a expensas de las indicaciones de Sanidad, sí se contemplan ratios menores y distancia social.
El hecho de que en el calendario que acaba de hacer público la Consejería figuren dos actos de petición para las personas interinas se debe a esto. En el primer acto de petición saldrán las vacantes que sólo podrán solicitar las personas interinas que figuran en las listas de vacantes o listas únicas, en el caso de que las haya. Estos nombramientos durarán del 1 de septiembre de 2020 al 31 de agosto de 2021.
En el segundo acto de petición, si finalmente Sanidad indica que el próximo curso hay que guardar ciertas medidas sanitarias debido a la pandemia, saldrán las llamadas plazas COVID. Estas plazas se ofertarán a la lista de sustituciones, pues, en principio, tendrán la consideración de nombramientos en sustitución. Sin embargo, y esto es lo que se ha hablado con la Consejería, aunque no hay nada escrito, en el caso de que en enero Sanidad mantenga las mismas medidas, entonces estas plazas cambiarán a nombramiento en vacante sobrevenida. Desde el STEC, pedimos que estas vacantes sobrevenidas cesen el 31 de agosto de 2021, como las vacantes que se solicitarán en el primer acto de adjudicación. La Consejería nos comentó a principios de verano que lo harían el 31 de julio, pero durante la semana de negociaciones de la segunda mitad de julio y de forma unilateral, han cambiado de opinión y estas plazas finalizarán a 30 de junio como ocurre con las sustituciones. Esto nos parece un cambio impresentable por parte de la Consejería.