Victoria en defensa de la libertad de expresión y el derecho a la huelga: la demanda que la exdirectora de un colegio de Castro había interpuesto contra el STEC por “atentar a su derecho al honor» ha sido íntegramente desestimada por la jueza.
La sentencia considera legítimas las críticas del sindicato a la conducta del inspector y la exdirectora del centro, quienes en ejercicio de su condición de superiores jerárquicos que el STEC consideró arbitrario, limitaron el derecho de información sobre la huelga del 8 de marzo de 2018 a una compañera del centro, que además realizaba funciones como coordinadora de Igualdad. Pese a la censura, nuestra compañera perseveró en el ejercicio de la libertad de expresión e información alrededor de la huelga feminista.
Como sindicato docente seguiremos defendiendo y haciendo respetar nuestros derechos, incluyendo por supuesto el de informar y educar para la igualdad.
Breve fragmento de la sentencia: