Con respecto a la información que la SRECD ha remitido sobre el calendario y horario de las TSEIpara el presentecurso, desde STEC queremos manifestar lo siguiente:
-La SRECD continúa incumpliendo el V Convenio que es de aplicación a las TSEI, en el sentido de que no establece al comienzo de cada curso escolar el horario personal de cada trabajadora, con señalamiento expreso de las actividades lectivas y no lectivas que debe desempeñary cuántas horas y qué actividades tenéis que realizar.
-A nuestro entender, también incumple el V Convenio cuando determina que sea la dirección del centro docente a quien le correspondeestablecer el horario de las TSEI, cuando es en la Empresa en quien recae dicha función.
-No estamos de acuerdo en reducir del 3 al 20 de septiembre y del 17 al 21 de junio la actividad laboral de las TSEI a las 4 horas lectivas de los alumnos. Por un lado, porque incumple los contratosde las TSEI donde se establece que junio y septiembre trabajarán 5 horas. Y en segundo lugar, porqueesnecesaria la realización de otras actividades no lectivas para el desarrollo del trabajo del personal docente(coordinación con la maestra, preparación de actividades, intercambios formales e informales con las familias…), tal como señala el V Convenio que es de aplicacióna las TSEI de la SRECD.
-Desde STEC entendemos que todas estas decisiones tomadas por la SRECD suponen un nuevo incumplimiento de los contratos de las TSEI y del V Convenio por parte de la SRECD y de la Consejería de Educación, así como un evidente desprecio a la función docente de las TSEI, ignorando una vez másla normativa laboral y todas las demás actividades y tareas no lectivas que el V Convenio marca para la categoría laboral de Personal Docente Técnico, que es la que os corresponde según la sentencia del Juzgado de lo Social 2 de Santander de 1 de febrero de 2016.
-STEC interpuso una demanda judicialcontra la SRECD en el mes de julio, tras no llegarse a un acuerdo en el ORECLA, para que quedaran definidas y resueltas las interpretaciones que sobre lastareas de las TSEI en cuanto al comedor y la atención a los alumnos del Segundo Ciclo de Educación Infantil que se vienenimponiendo de forma obligatoria desde hace años.
-No dudaremos en hacer lo mismo contra estas Instrucciones parael presente curso si la SRECD y la Consejería no rectifican. Como venimos haciendo desde 2004, cuando empezaron a funcionar las aulas de 2 años en Cantabria, desde STEC seguiremos luchando por la dignidad y los derechosde las TSEIy por la calidad del servicio prestado en las aulas de 2 años.